miércoles, 13 de junio de 2012

Congelación de semen en pacientes oncológicos.


Una de las utilidades más importantes de la congelación de semen, es poder criopreservar muestras de pacientes quienes por diferentes motivos, deben someterse a tratamientos de quimioterapia , radioterapia o cirugía.

La finalidad es poder hacerlo ANTES del inicio de alguno de estos tratamientos, ya que suelen causar pocos meses después de su inicio azoospermia (ausencia de espermatozoides en semen) transitoria o permanente.

Entre un 15% y un 30% de estos pacientes permanecerá azoospérmico varios años después.

Entre aquellos que recuperen la capacidad de producir espermatozoides, es probable que tengan muestras de semen con bajos parámetros de concentración, movilidad y morfología espermática.

            Cuando un paciente viene a nuestro centro a criopreservar semen por éste motivo, es importante saber cuando va a iniciar el tratamiento médico. De tal manera que sabemos los días que dispone el paciente para recoger 1 o varias muestras de semen.
En principio, si va a congelar semen más de una vez porque dispone de tiempo, es recomendable que guarde una abstinencia entre 3-5 días para cada día que obtiene muestra. Si por motivos de tiempo, no se dispone de tantos días previos al tratamiento médico, el varón podría recoger muestras a diario, puesto que lo más importante y prioritario es criopresevar espermatozoides, sea mayor o menor su concentración en las muestras de semen recogidas.
           
            El objetivo final de todo este proceso es que al final del mismo, el varón disponga de varias dosis seminales criopreservadas. Ante la incertidumbre de conocer si el varón recuperaría o no su capacidad de producir espermatozoides,  estas dosis congeladas le permitirían en un futuro realizar varios tratamientos de reproducción asistida.
           
            La última modificación de la Ley de Reproducción Asistida (45/2003) contempla que estas muestras podrán conservarse durante toda la vida del paciente, sin la limitación  a 5 años que existía antes de dicha modificación. 

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